Abogados de Herencias en Madrid

Los derechos del cónyuge viudo

Los derechos del viudo en las herencias

Abogados de herencias en Madrid

Los DERECHOS DEL CÓNYUGE VIUDO en las herencias vienen a referirse a la porción de bienes que va a adquirir tras el fallecimiento de su cónyuge, y que se concretan en lo que se denomina “cuota usufructuaria viudal”, ya que se trata de un derecho real limitado –el usufructo- y no de un derecho de plena propiedad.

El causante o testador no puede disponer libremente de los bienes que la Ley reserva a favor del conyuge viudo. Es un derecho limitativo del dominio; no se trata de propiedad, sino de usufructo.

La legitima viudal no queda excluida por ningùn orden de legitimarios.

El cònyuge viudo tiene la obligaciòn de participar en los gastos comunes de la particiòn y es sucesor a tìtulo universal.

El USUFRUCTO VIUDAL puede ser variable; segùn el viudo concurra con descedientes o ascendientes: 

  • Cónyuge con hijos o descendientes:

          Tendrá derecho al usufructo del 1/3 destinado a mejora.

  • Cónyuge con ascendientes (no existiendo descendientes):

          Tendrá derecho al usufructo de 1/2 de la herencia.

  • Cónyuge, si no existen descendientes ni ascendientes:

          Tendrá derecho al usufructo de los 2/3 de la herencia.

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